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El pasado mes de octubre el Presidente del Gobierno de España, Mariano Rajoy, presentó el Real Decreto por el que disolvía las Cortes Generales y convocaba elecciones para reemplazar los cargos elegido el 20 de noviembre de 2011.

Estas son las fechas claves de las próximas elecciones generales de España:

27 de octubre de 2015: Publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 977/2015, del 26 de octubre, de disolución del Congreso de los Diputados y el Senado y de convocatoria de elecciones.

21 de noviembre de 2016: Fin del plazo de solicitud de voto para todos los españoles residentes de forma permanente en el extranjero e inscritos en el Censo Electoral de los Residentes Ausentes (CERA) y para rogar el voto de todos los españoles residentes de forma temporal en el extranjero e inscritos en el registro de Españoles Residentes Temporalmente Ausentes (ERTA).

10 de diciembre de 2015*: Fin del plazo para solicitar el voto por correo. Cualquier elector que no vaya a encontrarse el día de la elección en su lugar de votación podrá solicitar en cualquier oficina de Correos su voto.

14-18 de diciembre: Periodo de campaña electoral en España que comienza desde la medianoche del viernes 4 de diciembre hasta la medianoche del viernes 18 de diciembre.

15 de diciembre: Fin del plazo de votación de correo para los españoles residentes en el extranjero de forma permanente e inscritos en el CERA.

16-18 de diciembre de 2015: Votación presencial en los consulados de España para los españoles residentes en el extranjero de forma permanente e inscritos en el CERA que no hayan votado por correo certificado.

16 de diciembre de 2015: Fin del plazo para remitir el voto por correo certificado para los españoles que lo solicitaron en Correos y para los españoles residentes temporales en el extranjero e inscritos en el ERTA que rogaron el voto.

19 de diciembre de 2015: Jornada de reflexión.

20 de diciembre de 2015: Día de la elección presencial. Todos los españoles mayores de 18 años con derecho a voto que no hayan votado por correo o n el extranjero podrán emitir su voto en los colegios electorales de 9 de la mañana a 8 de la tarde. Los españoles que residen de forma permanente en el extranjero y están inscritos en el CERA no podrán votar en las urnas en España.

13 de enero de 2016: Constitución de las Cámaras en sesión plenaria a las 10 de la mañana.

* El plazo para solicitar el voto por correo se ha extendido un día más, hasta el 11 de diciembre.