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Tras las elecciones del 20 de diciembre en España, en la que ninguno de los partidos políticos obtuvo mayoría para gobernar, se iniciaron varios meses de negociación en el que ninguno de los grupos han logrado llegar a un acuerdo para formar Gobierno. De acuerdo con la Constitución, consumidos los plazos y varios intentos en los que no se ha proclamado ningún Presidente, el pasado 3 de mayo el Rey Felipe VI, por primera vez en la democracia, disolvió las Cortes Generales y convocó nuevas elecciones para el 26 de junio.

Estas son las fechas clave de este nuevo periodo electoral en España:

  • 3 de mayo: publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 184/2016, de disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de la convocatoria de elecciones.
  • 3 de mayo – 16 de junio: plazo de petición del voto por correo.
  • 3 de mayo – 6 de junio: plazo de solicitud de voto para residentes en el extranjero o temporalmente ausentes.
  • 25 de mayo: publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las Candidaturas presentadas para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, convocadas por Real Decreto 184/2016, de 3 de mayo.
  • 28 de mayo – 1 de junio: sorteos para la formación de las mesas electorales en cada uno de los ayuntamientos del país.
  • Antes del 4 de junio: notificación de los designados a formar parte de las mesas electorales.
  • Antes del 11 de junio: alegación de los motivos que impidan a un ciudadano ser miembro de una mesa electoral.
  • 31 de mayo: publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de las candidaturas proclamadas.
  • 10 de junio: a medianoche da comienzo la campaña.
  • 10-24 de junio: periodo de campaña.
  • 20-25 de junio: periodo de prohibición de difusión, publicación o reproducción de sondeos.
  • 21 de junio: último día para votar para los residentes en el extranjero.
  • 23 de junio: último día para el envío del voto por correo para ciudadanos españoles en España y para españoles temporalmente en el extranjero que previamente lo hayan solicitado. (Periodo ampliado 24 horas por resolución de la Junta Electoral Central).
  • 25 de junio: jornada de reflexión.
  • 26 de junio: jornada electoral de 9 a 20 horas.
  • 19 de julio: convocatoria de reunión del Congreso Electo (25 días después de la celebración de las elecciones).